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Residencia y fiscalidad para nómadas digitales en España

jueves, 20 de marzo de 2025

Artículos de GRÀCIACALBET: Residencia y fiscalidad para nómadas digitales en España

El permiso de residencia para Nómadas digitales es uno de los permisos que está teniendo más éxito en España en los últimos tiempos, ya que te permite vivir en España mientras sigues trabajando en remoto para una empresa extranjera o para tus clientes situados en cualquier parte del mundo.

Mucha gente extranjera en edad laboral busca las ventajas de vivir en España (clima, gastronomía, sanidad, educación, estilo de vida) sin renunciar a su posición profesional en su país. El único requisito imprescindible para poder solicitar este visado o autorización es que el trabajo ha de poderse prestar en remoto (teletrabajo).

Este permiso está regulado en la Capítulo V bis de la Ley 28/2022 de Start Ups (artículo 74 y siguientes). A continuación, te explicamos cómo funciona:

¿Qué es?

Es un permiso de residencia, de hasta 5 años, perfecto para aquellos extranjeros extracomunitarios que quieran vivir en España y trabajar en remoto para empresas situadas fuera del territorio nacional y, en caso de ser un trabajador autónomo, prestar servicios a clientes situados por todo el mundo.

¿Qué beneficios concede?

Permite vivir en España trabajando para empresas extranjeras y la libre circulación por el espacio Schengen.

¿Quién puede optar?

Pueden optar por este visado o autorización:

Además, en ambos casos, también podrán adherirse a la solitud sus familiares directos.

¿Cuáles son los requisitos?

Para poder aplicar a este permiso existen requisitos tanto de índole personal como laboral o profesional. Todos los solicitantes deben acreditar:

Requisitos personales

Requisitos laborales o profesionales

Los trabajadores y autónomos deberán acreditar que la relación laboral o profesional se puede realizar en remoto y que cobran un mínimo de 2.646€ al mes (200% del SMI).

Además, los trabajadores por cuenta ajena deberán acreditar:

Y los trabajadores autónomos:

¿Qué documentación es necesaria?

Documentación general

Específica

Documentación de la familia

Cada miembro de la unidad familiar tendrá que presentar la documentación personal.

Además, serán necesarios poderes notariales de cada familiar. Si son menores de edad, el poder lo firmará el progenitor indicado en la solicitud.

¿Cómo se solicita?

Desde el país de Origen

Si el trabajador se encuentra en el país extranjero, podrá solicitar un visado para teletrabajar en la Embajada o consulado español situado en el país de origen o de residencia. El visado tendrá 1 año de vigencia, salvo que el contrato de trabajo tenga una duración inferior, en cuyo caso, el visado tendrá la misma duración.

La tramitación de la solicitud y la expedición del visado tardan unos 30 días.

60 días antes de la expiración del visado, los interesados en continuar en España, deberán solicitar una autorización de residencia para trabajador a distancia internacional, siempre que se mantengan las condiciones.

Desde España

Si el solicitante se encuentra legalmente en España, podrá solicitar la autorización de residencia para trabajador a distancia internacional ante el Ministerio de Integración, Seguridad Social y Migraciones en España. La autorización de residencia tiene una validez máxima de 3 años, salvo que el contrato tenga una duración inferior.

El plazo de resolución es de 20 días hábiles.

Una vez concedida, se tendrá que obtener cita en la policía para registrar las huellas y obtener la tarjeta de residencia física.

Los titulares de esta autorización podrán solicitar su renovación por períodos de dos años siempre y cuando se mantengan las condiciones que generaron el derecho a obtenerla.

La tramitación de la solicitud y la expedición del visado tardan unos 30 días.

60 días antes de la expiración del visado, los interesados en continuar en España, deberán solicitar una autorización de residencia para trabajador a distancia internacional, siempre que se mantengan las condiciones.

Ventajas Fiscales

El trabajador extranjero se convertirá en residente fiscal en España si:

Autónomos y trabajadores pueden acogerse a la Ley Beckham. El régimen especial de impatriados ofrece ventajas fiscales muy atractivas para quienes se desplazan al territorio español, permitiendo tributar solo por los ingresos obtenidos en España con un tipo reducido del 24% hasta 600.000 €. A partir de 600.001€ en adelante, los impatriados tributarán al 47%.

Para acogerse a este régimen especial de impatriados es necesario que la persona interesada no haya sido residente en España durante los cinco períodos impositivos anteriores a aquél que se produzca su desplazamiento a territorio español.

Contacta con GRÀCIACALBET

Nuestro departamento de Global Mobility te asesora en cada paso del proceso, asegurándose de que tu solicitud cumple con todos los requisitos legales.

Para obtener más información sobre cómo acceder al visado/autorización de Residencia de Nómada Digital o explorar otras vías para obtener la residencia en España, contáctanos.

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